Canal de Comunicación

El Canal de Comunicación de BE CALL es el cauce de comunicación adecuado para la recepción de información sobre hechos o conductas dentro del ámbito de aplicación material de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y que guarden relación con la actividad y funcionamiento de BE CALL.

¿Qué se puede informar?
Hechos o conductas relacionados con la actividad y funcionamiento de BE CALL y que pudieran ser constitutivos de infracciones del Derecho de la Unión Europeo y/o infracciones penales o administrativas graves o muy graves.
¿Quién puede informar?
Personas que hayan obtenido la información sobre las infracciones en un contexto laboral o profesional relacionado con BE CALL, pudiendo realizarse de forma anónima.
¿Cómo se puede informar?
A través de la plataforma informática habilitada al efecto.
Confidencialidad y anonimato
Se garantiza la confidencialidad del informante, de la persona afectada y de otras personas que pudieran estar relacionadas, así como del contenido de la información. La plataforma informática permite el anonimato, por lo que serán válidas para su tramitación aquellas informaciones en las que no consten los datos de identificación del informante, verificándose las mismas con mayor prudencia y proporcionalidad.
• Ausencia de represalias
Se garantiza la ausencia de represalias de cualquier tipo por las informaciones remitidas de buena fe.

Normativa

ACCESO A LA PLATAFORMA

 

Puede acceder a la plataforma mediante el siguiente enlace